¿Qué es?
El cigarrillo electrónico está básicamente compuesto por una batería, un atomizador y un cartucho con líquido (de distintos aromas y sabores). Este último contiene compuestos tales como glicerina, propiletilenglicol y nicotina (a pesar de que muchos fabricantes lo niegan). [1] La batería actúa calentando el líquido y produciendo su vaporización sin combustión.
¿Inofensivo?
Las sustancias liberadas mediante este proceso son nocivas para la salud. Provocan daños tales como alteración de las secreciones respiratorias, descenso de los niveles de óxido nítrico (un compuesto químico vasodilatador), crisis broncoobstructivas y neumonía lipoidea, así como la formación y liberación de compuestos carbonilos también nocivos - acroleína, formaldehído y acetaldehído; irritantes y potencialmente carcinogénicos.
"Lo uso para dejar de fumar"
El cigarrillo electrónico no es una herramienta validada por ninguna guía de prevención y tratamiento del tabaquismo. Esta afirmación es falsa, se ha difundido enormemente y de manera irresponsable en los medios de comunicación y publicidad y en las redes sociales, y es fomentada por la propia industria tabacalera que intenta colocar su producto en el mercado. Por el contrario, el cigarrillo electrónico normaliza la acción de fumar y reafirma el componente psicosocial de la dependencia del tabaco; además de los efectos nocivos ya mencionados, debidos a la liberación de compuestos carbonilos tóxicos derivados de este producto.
Existen tratamientos de apoyo para la cesación del tabaquismo y el cigarrillo electrónico no es uno de ellos.
¿Qué pasa en Uruguay?
En nuestro país, la ley Nº 18256 ("ley antitabaco") dispone, entre otras cosas, la prohibición de la publicidad fomentando el consumo de tabaco en cualquiera de sus modalidades, la prohibición de exhibir los productos derivados del tabaco en locales de venta, la obligación de informar a la población sobre los efectos nocivos del tabaquismo, y la prohibición de fumar en lugares de trabajo o en lugares cerrados de uso público. está prohibida la publicidad, registro y cualquier tipo de comercialización de cigarrillos electrónicos. [2] El decreto Nº 534/009 que regula la mencionada ley, por su parte, prohíbe a texto expreso en su artículo 1º la publicidad, registro de marca o patente, importación o comercialización de los productos conocidos como "cigarrillos electrónicos". [3]
No obstante, no hemos escapado a la difusión y la desinformación en torno a este producto, y muchas personas lo traen desde el exterior. Los profesionales de la salud somos especialmente responsables a la hora de informar apropiadamente a la población sobre los riesgos del consumo de tabaco y productos afines, de prevenir el consumo y de fomentar y facilitar su abandono. La Guía Nacional para el Abordaje del Tabaquismo [4] aporta un marco teórico y una guía para este propósito.
La recomendación, en resumidas cuentas, es abordar el consumo de tabaco a la luz de la mejor evidencia disponible, derivar oportunamente a las policlínicas especializadas en tabaquismo a los pacientes que así lo requieran, mantenernos informados y hacer lo propio con nuestros pacientes.
¿Quiénes tienen indicación de derivación a policlínica especializada en tabaquismo?
- Paciente con dependencia severa al tabaco. Algunos elementos que traducen dependencia severa incluyen: persona que enciende el primer cigarrillo a los primeros 30 minutos de haberse despertado, que fuma aun estando enferma, o que se levanta de noche para fumar. Una herramienta útil y validada para medir el grado de dependencia al tabaco es el índice de Fagerström.
- Paciente con consumo concomitante de otras sustancias psicoactivas.
- Paciente con patología psiquiátrica.
- Embarazadas.
- Toda persona que lo solicite.
Referencias
- Sociedad Uruguaya de Tabacología. Cigarrillo electrónico. Comunicado para el equipo de salud. 12 de diciembre de 2018.
- Ley Nº 18256: Protección del derecho al medio ambiente libre de humo de tabaco y su consumo.
- Decreto Nº 534/009: Protección del derecho al medio ambiente libre de humo de tabaco y su consumo (reglamentario de la ley Nº 18256).
- Guía Nacional para el Abordaje del Tabaquismo. 2009.